Toda corporación, empresa o negocio, necesita estar registrada para poder operar de manera legal, de esta manera, quien registra se declara como comerciante formal antes las instituciones reguladoras. Por otro lado, hay empresas que necesitan la representación de una persona, porque el negocio o emprendimiento no puede hablar en nombre propio, no tiene una voz propia, requiere de un individuo que se exprese en nombre de la empresa bajo consenso de las autoridades administrativas de dicha empresa.
Entonces se preguntarán ¿el que registró la empresa no debería ser la misma persona que la represente? No necesariamente y para aclarar esta duda, es necesario establecer las definiciones asociadas a estas funciones y en qué se diferencian.
Firma Personal
Una Firma Personal es un documento que le permite a un comerciante declararse como tal, ante el registrador mercantil y poder utilizar un nombre comercial bajo el cual desarrollar su negocio. Puede asumir el rol de cualquier sociedad mercantil y en consecuencia puede facturar. De esta manera, ejerce la actividad comercial de forma legal en el territorio nacional.

Una de las características de la firma personal, es que el nombre comercial debe poseer una palabra o frase que indique la naturaleza del negocio. Otra característica es que, debe expresar el apellido del solicitante como mínimo. Por consiguiente, la persona que la creó, debe responder legalmente por ella, es decir, el creador de la firma es quien debe dar la cara ante cualquier situación relacionada con la firma, será su absoluta responsabilidad.
En la Firma Personal la personalidad jurídica no difiere del propietario de la firma, Persona Física o Natural, es decir, no hay distinción entre uno y otro, por lo que no se puede separar el patrimonio del emprendimiento, del de la persona que creó la firma.
La Firma Personal posee ciertas ventajas para quienes la registran. La persona trabaja por cuenta propia y sus actos comerciales no son sometidos a la decisión de terceros, además de que el papeleo es menor y no exige gran capital para su registro. Sin embargo, por ser la figura jurídica más utilizada por empresas pequeñas y emprendimientos, no suelen ser de mayor interés para las entidades financieras cuando las firmas personales solicitan financiamiento y ´tienen menos probabilidades de participar en licitaciones.
Persona Jurídica
Una Persona Jurídica es la denominación que se le da a una persona con derechos y obligaciones en nombre de una entidad, no hace referencia a las personas que conforman la empresa; puede ser una organización privada o pública, pero no es una persona física. La Persona Jurídica nace cuando se funda la entidad, es reconocida por la administración pública y cumple con determinadas condiciones de legalidad. Cuando la entidad tiene deudas, compromisos u obligaciones, debe responder con el patrimonio de la empresa misma y no con el patrimonio de los individuos accionistas.

La Persona Jurídica se puede conformar en sociedades mercantiles, organismos no gubernamentales, organismos sin fines de lucro, cooperativas, entidades de administración pública, entre otras. Algunos ejemplos de Persona Jurídica son: empresas de tecnología como Microsoft, Nokia, Tesla, etc; empresas de automóviles como Honda, Ferrari, Mercedes Benz; Organizaciones no gubernamentales como Green Peace, Amnistía Internacional, Cruz Roja Internacional, etc.; Bancos como Santander, BBVA, Mercantil, etc.
La Persona jurídica se extingue cuando finaliza el tiempo en que debían operar, cuando los socios deciden terminar con la sociedad, que el Estado no autorice su funcionamiento o cuando se declaran en quiebra.
Figura Jurídica y Personalidad Jurídica
Tanto la Firma Personal como la Persona Jurídica son Figuras Jurídicas, es decir, modalidades que existen para crear y gestionar una empresa, así como determinar el nivel de responsabilidad. La Personalidad Jurídica es la identidad con la que se reconocen las figuras jurídicas y las obligaciones que les corresponden según sea el caso. En el siguiente cuadro se pueden apreciar las diferencias más relevantes entre las figuras jurídicas descritas:

Ambas Figuras Jurídicas obedecen a determinados propósitos, con obligaciones y responsabilidades distintas. La Firma Personal a través de la persona natural o física, es autónoma y única responsable del desempeño de la empresa. Es mucho más útil para pequeños negocios, emprendimientos.
En cambio, la Persona Jurídica es más conveniente cuando la empresa comienza a expandirse, el negocio crece, cuando nace una sociedad o puede darse el caso de necesitar asociarse como parte de una estrategia de crecimiento. En estos casos ya no puede operar como Firma Personal.