REEXPEDICIÓN Y MODIFICACIÓN DE LICENCIA Y PAGO DE IMPUESTOS (parte 2)

Por - ACEI
04/03/2019 03:43 PM

En la entrega anterior se presentaron requisitos y recaudos para solicitar la Licencia de Actividad Económica; en esta segunda parte presentamos los requisitos y condiciones sobre la modificación o reexpedición de la LAE, así como los impuestos correspondientes

Para la Reexpedición y Modificación de la LAE


 SOLICITUD RECAUDOSPLAZOS
Cambio o anexo de ramo por ejercer una actividad no contemplada en la LAE solicitada previamente (art. 24)
  • Original de la conformidad de uso, expedida por la autoridad municipal
  • Original de la LAE, y en caso de extravío, carta en la que conste dicho extravío
  • Original de la planilla de pago de la tasa por tramitación debidamente pagad en las oficinas receptoras de fondos municipales
  • Certificado de solvencia del impuesto sobre actividad económica
Solicitud en un plazo de 15 días hábiles, contando a partir de la fecha de registro del acta de la asamblea de accionista o de la junta directiva en la que se deje constancia del cambio de razón social
Actualización de datos por traslado de la Actividad Económica a otro inmueble (art. 25)
  • Original de la conformidad de uso, expedida por la autoridad municipal
  • Original de la planilla de pago de la tasa por tramitación debidamente pagad en las oficinas receptoras de fondos municipales
  • Certificado de solvencia del impuesto sobre actividad económica
  • Documento de propiedad, contrato de arrendamiento o documento que compruebe la ubicación del nuevo establecimiento
  
Actualización de datos por Traspaso debido a enajenación del fondo de comercio o fusión de sociedades (art. 26)
  • Copia de la cedula de identidad de los socios y acta constitutiva de la sociedad mercantil o contrato asociativo equivalente, según se trate de persona natural o jurídica
  • Copia del documento de enajenación de fondo de comercio o copias de las actas de asambleas de accionistas de las sociedades fusionadas en las que se acuerde la fusión
  • Original de la planilla de pago de la tasa por tramitación debidamente pagado en las oficinas receptoras de fondos municipales
  • Certificado de solvencia del impuesto sobre actividad económica
Solicitud en un plazo de 15 días hábiles, contando a partir de la fecha de registro de documento donde conste la enajenación del fondo de comercio o la fusión
Reexpedición de licencia (art. 27)
  • Copia de la cedula de identidad o del acta constitutiva de la sociedad mercantil o contrato asociativo equivalente, según se trate de persona natural o jurídica
  • Certificado de solvencia del impuesto sobre actividad económica
  • Original de la planilla de pago de la tasa de tramitación establecida en la ordenanza de tasas por servicios administrativos debidamente pagado en las oficinas receptoras de fondos municipales
  
Actualización por modificación de datos: (razón social u otro dato. (art. 28) 
  • Copia de la cedula de identidad o del acta constitutiva de la sociedad mercantil o contrato asociativo equivalente, según se trate de persona natural o jurídica
  • Certificado de solvencia del impuesto sobre actividad económica 
  • Original de la planilla de pago de la tasa de debidamente pagada en las oficinas receptoras de fondos municipales
  • Copia del acta de asamblea de accionistas o de la junta directiva en la que se deje constancia del cambio de denominación
Solicitud en un plazo de 15 días hábiles, contando a partir de la fecha de registro del acta de la asamblea de accionista o de la junta directiva en la que se deje constancia del cambio de razón social


Sobre los Impuestos


Las actividades económicas sujetas a impuestos serán aquellas que cumplan con lo siguiente: 

  1. Que la sede de la actividad está en la jurisdicción del municipio Caroní, aun cuando posea agentes o vendedores en otras jurisdicciones, ofreciendo los productos de la actividad que ejerce
  2. Que además de la sede en el municipio Caroní, posea sedes o establecimientos en otros municipios o empresas corresponsales que sirvan de agentes, vendedores o representantes. En ese caso la actividad se divide de tal manera que se pueda imputar a cada sede o establecimiento, la actividad y movimiento económico
  3. Cuando la actividad se realice en el municipio Caroní y en la jurisdicción de otros municipios. En ese caso no se tomará en cuenta el movimiento económico generado en las otras entidades municipales. 
  4. Con relación a la prestación de servicios y ejecución de obras, serán gravables en la jurisdicción donde se desarrolle la actividad, siempre que el contratista permanezca un periodo no menor a tres meses continuo o discontinuo. En caso contario se entenderá que el servicio se presta donde se ubique el establecimiento de forma permanente

SERVICIOJURISDICCIÓN EN EL MUNICIPIO
Telefonía fijaDonde esté ubicado el aparato
Telefonía MóvilDonde este residenciado o domiciliado el usuario (Ver factura)
Televisión por CableDonde este residenciado o domiciliado el usuario (Ver factura)

  1. Cuando se instale, realice o desarrolle una actividad económica por primera vez dentro de la jurisdicción del municipio Caroní, pagaran el mínimo mensual tributario, según la clasificación de actividad económica
  2. La ordenanza establece que el lapso para presentar la declaración jurada de ingresos brutos sobre la actividad económica y el pago del impuesto correspondiente, se hará mensual durante los primeros siete días continuos siguientes al mes vencido; para el caso del mes de diciembre, se declarará dentro de los primeros 20 días continuos del mes de enero. (artículo 52)
  3. Sin embargo, el artículo 55 de la ordenanza establece que el impuesto deberá pagarse durante los 15 días siguientes al mes vencido
  4. Si el contribuyente declara y paga la totalidad del impuesto durante los primeros 5 días del mes posterior al vencido, gozara de un descuento del 5% sobre el monto total del impuesto declarado

Consideraciones Generales


  • Si el contribuyente dejara de ejercer alguna de las actividades establecidas en la LAE, podrá solicitar de forma escrita la desincorporación de las mismas, ante la dependencia municipal
  • Las empresas con capital igual o inferior a 10.000 BsS pagará una tasa equivalente a 5.000 unidades tributarias (UT); si el capital es superior a diez mil BsS (10.001), la tasa será 10.000 UT. El pago de la tasa no implica la aprobación de la solicitud ni autoriza a iniciar la actividad económica
  • Es de carácter obligatorio llevar al día y de manera ordenada, la contabilidad de los ingresos, ventas u operaciones según lo que establece la legislación nacional
  • Cuando la administración tributaria municipal determine a través de fiscalización que el contribuyente ha dejado de ejercer las actividades a que se refiere la licencia sin haberlo notificado y el contribuyente no puede ser localizado, la administración tributaria procederá a inactivar la licencia de actividad económica
  • Si el contribuyente ejerce su actividad en un domicilio distinto al registrado en la licencia, también le será inactivada la misma, en tanto regularice la situación. Ver cuadro de modificación de licencia)
  • Cuando el contribuyente no tenga en la jurisdicción del municipio Caroní la información requerida para los efectos de la fiscalización, estará en la obligación de suministrar los gastos de hospedaje, alimentación y transporte al funcionario competente para que pueda realizar la auditoria

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